El presente trabajo desarrolla una línea jurisprudencial sobre la aplicación del régimen de excepción en Colombia y su incidencia directa en la contratación estatal, a partir del análisis de las sentencias de la Corte Constitucional emitidas entre los años 2011 al 2026, analizando mediante un enfoque cualitativo y documental, al examinar las sentencia de la H. Corte Constitucional en el cual ha construido un modelo de control estricto y material sobre la declaratoria y ejecución de los estados de emergencia previstos en el artículo 215 de la Constitución Política, delimitando las facultades extraordinarias otorgadas al Ejecutivo y estableciendo criterios que resguardan la separación de poderes, los derechos fundamentales, la igualdad y, especialmente, los principios rectores de la contratación pública consagrado en el artículo 23 de la Ley 80 de 1993. Con la sentencia C-216 de 2011, al declarar inexequible la segunda emergencia por la ola invernal, la Corte fijó parámetros esenciales que impactan la actividad contractual, particularmente la estricta justificación de la necesidad, la insuficiencia de medios ordinarios y la proporcionalidad de las medidas excepcionales, evitando que la emergencia se convierta en un mecanismo para sustituir funciones legislativas o modificar indebidamente los procedimientos contractuales. En sentencias C-466 de 2017 y la C-465 del 2017, frente a la tragedia de Mocoa, avalaron decretos legislativos orientados a garantizar la continuidad de los servicios públicos y a sostener la economía solidaria, reafirmando que incluso en emergencias, las medidas contractuales deben ser estrictamente necesarias, razonables, respetuosas de los derechos intangibles y compatibles con los principios mínimos del derecho contractual público, en la cual permitió consolidar una doctrina de proporcionalidad reforzada, especialmente relevante para la celebración de contratos en condiciones excepcionales. Posteriormente, en sentencia C-252 de 2019 evidenció que los límites constitucionales aplicables en emergencia también se proyectan sobre normas y tratados que afectan indirectamente la contratación estatal, al impedir tratos injustificados que pudieran alterar la competencia o generar ventajas indebidas en el acceso a recursos públicos. Durante la pandemia del COVID-19, la Corte Constitucional profundizó mediante sentencia C-145 de 2020 que el control sobre la declaratoria y los decretos contractuales derivados es automático, integral y basado en evidencia objetiva; mientras que la sentencia C-181 de 2020 recalcó que la contratación excepcional no puede perpetuarse, ni sustituir los procedimientos ordinarios, protegiendo así la temporalidad y la transparencia del régimen contractual.
| Código institucional | PROD-2026-4136 |
| Idioma | ES |
| Grupo(s) | Sinergia digit@l (COL0151911) |
| Línea de investigación | Derecho Administrativo y Regulación Empresarial |
| Programa | Derecho |
| Área OCDE | Ciencias Sociales |
| URI Minerva | https://sgi.redsummaeducation.education/minerva/item/4058 |
Royen Marlon Delgado Carvajal, Laura Victoria Bernal Lugo, Ivon Dayann Gil Pedreros (2026). Línea jurisprudencial en la contratación estatal en los estados de emergencia en los años 2011 al 2026. https://sgi.redsummaeducation.education/minerva/item/4058
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